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miércoles, 23 de julio de 2008

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En fecha miércoles 30 de Julio del 2008, en una carta de lectores, con la firma de  ELPIDIO ELOY EGGER, se cuestiona superficialmente,  nuestra denuncia y pedido de JUICIO POLÍTICO, contra los funcionarios del SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL CHACO.-

Pero como nuestra  presentación es seria, y responsable, queremos explicar aquí a todos los ciudadanos, PORQUE PEDIMOS EL JUICIO POLÍTICO A LOS FUNCIONARIOS DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL CHACO.-LA HISTORIA :  1).-En 1904, el Congreso de la Nación, por ley 4.286, autorizó a la Compañía Francesa de Ferrocarriles, a construir y explotar una línea férrea  que extendiera el ferrocarril desde la Estación La Sabana, hasta el Puerto de Barranqueras, sobre el Río Paraná , pasando por el pueblo de Resistencia, Territorio Nacional del CHACO.- 2).- La Compañía Francesa de Ferrocarriles, construyó la red ferroviaria autorizada.- Y, ya en 1907, se alzaba orgullosa a campo abierto, con toda su belleza arquitectónica, LA ESTACION FRANCESA,  3).-En 1946, el Presidente de la Nación JUAN DOMINGO PERON, adquirió para el Estado Argentino, todos los ferrocarriles ingleses, y la Compañía Francesa de Ferrocarriles.-4).- En 1947, el General Perón ,por Decreto N° 31.238, declaró incorporados a la red  de la Administración de Ferrocarriles del Estado, todos los bienes integrantes de la Compañía Francesa, que pasó a llamarse FERROCARRIL SANTA FE.-.-5).- En 1956, gobierno de facto, se creó la Empresa Ferrocarriles del Estado, que se encargó de la administración de todos los bienes ferroviarios de la Nación.- 6).- En fecha 2 de septiembre de 1959, el CONGRESO, sancionó la Ley 14.829,la que fue VETADA por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, Presidente ARTURO FRONDIZI.- El CONGRESO insiste con la ley 14.829, en las sesiones de 1960, y se promulga obligatoriamente, en el Boletín Oficial del 19 de Mayo de 1960.-7).- La Ley 14.829, separa de la Administración de Ferrocarriles del Estado (luego FFAA), a las tierras fiscales del ex Ferrocarril Francés, ex Ferrocarril Santa Fe; y dispone un marco legal, y crea una obligación de hacer, a cargo del PODER EJECUTIVO NACIONAL.- Esa obligación de hacer establece .PRIMERO: un plazo de 180 días a partir de la promulgación de la ley, para que el PODER EJECUTIVO NACIONAL transfiera en donación al Municipio de Resistencia, todas las tierras del ex Ferrocarril Francés, luego Ferrocarril Santa Fe.-,SEGUNDO: un plazo de cinco años, para que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, transfiera en donación al Municipio de Resistencia, todas las tierras del Ferrocarril Belgrano.- 8).- El Presidente FRONDIZI, jamás cumplió ni ejecutó la ley 14.829, y después de él absolutamente nadie, ( de Frondizi, 1960, a Cristina Fernadez,2008), cumplió con dicha ley.- 9).- El Municipio de Resistencia, tenía un derecho que nace de la ley 14.829, el derecho de demandar al ESTADO NACIONAL, para que cumpliera con la obligación de ejecutar la donación.- El Municipio demandó al ESTADO NACIONAL, ante el Juzgado Federal de Resistencia, en 1968;  y perdió el juicio, y perdió su derecho, por negligencia de sus abogados, que dejaron caducar, o perimir la acción.-  10).- El CÓDIGO CIVIL, y la misma ley 14.829, dicen que pasados los diez años,(1960/1970) se revertía todo y el Municipio perdía todo derecho a reclamar.- Y así sucedió, en 1970,  el MUNICIPIO, perdió todo derecho.- 11).- El Municipio de Resistencia, no tenía ni tiene actualmente ningún derecho sobre las tierras fiscales nacionales del ex Ferrocarril Santa Fe.- Pese a ello, las autoridades municipales, desde 1980, han venido haciendo inscripciones falsas e ilegítimas de dichas tierras, en el Registro de la Propiedad Inmueble.- 12).- En fecha 19 de marzo del año 1986, el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, autorizado por Ley 12.665, declaró a la VIEJA ESTACION FRANCESA y al predio de tres manzanas, comprendido por las calles Avda. Sarmiento, Avda. Laprida,; López y planes y Sgto Cabral, como MONUMENTO HISTORICO NACIONAL .- Es decir que desde el 19/03/1986; la VIEJA ESTACION y la plaza de tres manzanas, son patrimonio cultural de la NACIÓN, patrimonio de todos los argentinos, son un MONUMENTO HISTÓRICO, y por lo tanto quedaron fuera del comercio, no se pueden vender ni comprar, ni se puede construir nada en dicho espacio público.- 13).- Pese a todo, el día 10 de mayo de 1989, el Municipio de Resistencia, con un simple boleto de compraventa, le vende al SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, la Manzana 57, parte del MONUMENTO HISTORICO NACIONAL, y el día 11 de Julio de 1989, le extiende un papel falso, trucho, que denomina TITULO DE PROPIEDAD.-14).- El CODIGO CIVIL de la NACIÓN, dice en su art. 953:” El objeto de los actos jurídicos, deben ser cosas que estén en el comercio, ...Los actos jurídicos que no sean conformes a esta disposición, son nulos como si no tuviesen objeto”.- Por lo tanto, el boleto , y el titulo que hicieron el MUNICIPIO y el SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, por la compraventa de la Manzana 57, son absolutamente NULOS.-15).- En el mes de Julio de 1995, el Registro de la Propiedad Inmueble de Resistencia, dictaminó e informó al FISCAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, que no existen antecedentes, ni escrituras públicas, ni actos administrativos de transferencia de las tierras fiscales del ex Ferrocarril Santa Fe, a favor del Municipio de Resistencia.- En el mes de noviembre de 1995, FERROCARRILES ARGENTINOS, dictamina e informa al FISCAL, que jamás se realizó transferencia alguna al MUNICIPIO de Resistencia, de las tierras fiscales del ex Ferrocarril Santa Fe.- En 1997, el FISCAL FEDERAL DE RESISTENCIA, por orden del PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, investiga y dictamina que “las tierras siguen en el dominio del Estado Nacional y deben ser reivindicadas”.- Por lo tanto ,todas las inscripciones del Municipio y del SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, son falsas, ilegítimas, truchas.- 16).- En el año 2002, el Superior Tribunal de Justicia solicita autorización para construir dentro de la manzana 57, y la COMISION NACIONAL DE MUSEOS, MONUMENTOS Y LUGARES HISTÓRICOS, y la SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACIÓN, se oponen terminantemente.-17).-  En el año 2005, sin  derecho alguno, sin autorización alguna, y con total abuso, irresponsabilidad, e impunidad, los funcionarios del SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, ordenan la construcción y autorizan el comienzo de las obras de los Juzgados Civiles, dentro de la MANZANA 57, que integra  la Plaza de tres  hectáreas del MONUMENTO HISTORICO NACIONAL.-18).- Estos son los hechos, y el derecho.- Prima facie, existen actos de USURPACIÓN DE TIERRAS FISCALES DEL TESORO DE LA NACIÓN, inscripciones FALSAS del dominio; invasión, ocupación y alteración ilegal, de un predio declarado MONUMENTO HISTORICO NACIONAL, que integra el patrimonio cultural de la NACIÓN y de todos los argentinos.- Existe abuso de autoridad, y violación de los deberes de funcionarios públicos, y todos estos ilícitos se cometieron y se siguen cometiendo en forma continuada hasta el día de hoy, y seguirán hasta que alguna autoridad federal los haga cesar.-     19).- El próximo paso de nuestra denuncia será, instalar una carpa frente al CONGRESO, y presentarnos ante  la CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN, con miles de firmas, solicitando la INTERVENCIÓN FEDERAL al SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. del CHACO.-              EL PUEBLO DEBE SABER DE QUÉ SE TRATA.-                               MUY ATENTAMENTEHECTOR D. MOORS    ELIO MONTIVERO    MIGUEL B. CONDE OLGADO 

HECTOR AGUIRRE

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Por el caso de Elda Pértile Ud. considera que deben intervenir la Jusicia del Chaco?
 

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