Miércoles, 20 Noviembre 2019 20:05

MACRI DIO MARCHA ATRÁS CON EL NUEVO PROTOCOLO PARA REALIZAR ABORTOS Featured

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21 NOVIEMBRE 2019 REPORTE24//

LA REDACCIÓN DE LA RESOLUCIÓN ESTÁ A CARGO DE CAROLINA STANLEY POR ORDEN DE MAURICIO MACRI.

La discusión por el aborto, en este caso por la realización de aquellos no punibles, continúa generando grietas dentro de Cambiemos. Tras la publicación del nuevo protocolo, ahora el gobierno de Cambiemos da marcha atrás con la medida.

Este miércoles, a través del Boletín Oficial, la Secretaría de Salud de la Nación, cuyo titular es Adolfo Rubinstein, aprobó la actualización del “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo”. Fue publicada a través de la resolución 3158/2019. El último protocolo que se realizó data del año 2015 cuando la cartera de salud aún era Ministerio.

Sin embargo, los grupos más conservadores no vieron con buenos ojos esta resolución, incluso dentro del mismo oficialismo. Por eso, Mauricio Macri envió la orden directa para que la ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, redacte rápidamente otra resolución para la anulación de la nueva normativa para que se publique este jueves.

Según explicó Rubinstein, la actualización le daba rango ministerial al protocolo y clarificaba algunas cuestiones que podían prestarse a confusión.

Uno de los cambios más sustanciales era que la objeción de conciencia no podía impedir que un hospital o centro de salud público realizara la interrupción legal del embarazo.

Dentro de las modificaciones están además la de sustituir la idea de "mujeres" en el acceso a la norma por la inclusiva de "personas por capacidad de gestar"; la de que las personas adolescentes de entre 13 y 16 años puedan dar su consentimiento autónomamente y las menores a esa edad, brindar su consentimiento con el acompañamiento de sus progenitores o personas que ejerzan, formal o informalmente, roles de cuidado; el impedimento de las demoras de la realización de la práctica; el acceso libre a la ILE de personas con discapacidad; una calidad de atención igual tanto en establecimientos públicos como en los privados; su realización sin la exigencia de una denuncia policial o judicial de violación; ni que la persona relate los hechos de violencia sexual.

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