Martes, 10 Abril 2018 19:16

ELIDA CUESTA INICIÓ SUMARIO A HÉCTOR RETAMOZO CON LA CLARA INTENCIÓN DE DESPEDIRLO DEL TRABAJO? Featured

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ELIDA CUESTA INICIÓ SUMARIO A HÉCTOR RETAMOZO CON LA CLARA INTENCIÓN DE DESPEDIRLO DEL TRABAJO? ELIDA CUESTA INICIÓ SUMARIO A HÉCTOR RETAMOZO CON LA CLARA INTENCIÓN DE DESPEDIRLO DEL TRABAJO? julio molisano reporte24

HÉCTOR RETAMOZO FUE AMENAZADO POR ELIDA CUESTA EN VARIAS OCASIONES CON QUE SERÍA DESPEDIDO DEL TRABAJO, SEGÚN DECLARACIONES A REPORTE24, CON EL SUMARIO ESTARIA INTENTARÁ "DISCIPLINAR LA TROPA", COMO LE GUSTA DECIR A LA DIPUTADA

La mujer de Gustavo Martínez y presidente de la legislatura provincia dio otra muestra de persecución política al personal legislativo, inició sumario administrativo al gremialista de ATE que efectuara declaraciones sobre maniobras poco claras con el presupuesto del poder, contrataciones, becas vip y hasta el festival de pases a plantas y promociones a parientes y amigos. Retamozo con más de 38 años como personal de la legislatura provincia, es además gremialista de ATE, protegido por la constitución y los pactos internacionales que rigen la tutela sindical para garantizar la actividad gremial ante posibles ataques y persecuciones. Retamozo ya habría sido amenazado por Elida Cuesta en una oportunidad le dijo que lo “iba a rajar a la mierda de la Cámara de Diputados…” según declaraciones del gremialista a Reporte24, lo que hace pensar que el avance del sumario tiene como objetivo no solo callarlo sino lograr su despido para cumplir la amenaza como manera de disciplinamiento.

Elida Cuesta se encuentra recorriendo un peligroso camino antidemocrático que debería ser revisado por sus pares, dar la orden de sumariar a un representante gremial viola garantías regladas en la constitución, el artículo 47 de la ley de Asociaciones Sindicales nos dice que “Todo trabajador o asociación sindical que fuere impedido u obstaculizado en el ejercicio regular de los derechos de la libertad sindical garantizados por la presente ley, podrá recabar el amparo de estos derechos ante el tribunal judicial competente, conforme al procedimiento Civil y Comercial de la Nación o equivalente de los códigos procesales civiles provinciales, a fin de que éste disponga, si correspondiere, el cese inmediato del comportamiento antisindical.”

 

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