Martes, 14 Marzo 2017 08:27

GUSTAVO CORREGIDO PRESENTÓ UN AMPARO CONTRA PAMI POR LA FALTA DE COBERTURA DE MEDICAMENTOS Featured

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GUSTAVO CORREGIDO PRESENTÓ UN AMPARO CONTRA PAMI POR LA FALTA DE COBERTURA DE MEDICAMENTOS GUSTAVO CORREGIDO PRESENTÓ UN AMPARO CONTRA PAMI POR LA FALTA DE COBERTURA DE MEDICAMENTOS julio molisano reporte24

CORREGIDO PIDE QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE LA DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 005/17 DICTADA POR EL ORGANISMO

El defensor del Pueblo, Gustavo Corregido, interpuso una acción de amparo y una medida cautelar contra el INSSJP- PAMI solicitando para los afiliados que viven en Chaco que se declare la nulidad de la disposición conjunta N° 005/17 dictada por el organismo. Sostiene que la medida establece requisitos arbitrarios para obtener la cobertura de medicamentos en un cien por ciento y va en detrimento de los derechos adquiridos de los jubilados.

Corregido afirma que esta decisión implica un recorte contundente en perjuicio de los afiliados, sin considerar la condición particular de cada uno de ellos. Además, incurre en un acto contrario a la Constitución Nacional y a tratados internacionales con rango constitucional.

El mes pasado, el defensor había enviado un petitorio al director ejecutivo de la obra social, Carlos Javier Regazzoni, pidiendo que modifique o deje sin efecto la medida. En consecuencia, recibió una explicación que le resultó “irracional e incoherente, porque la disposición lejos está de apuntar a la equidad y sustentabilidad del sistema, menos aun de ser una conducta solidaria. Esta decisión afecta el núcleo indispensable del derecho a la salud porque impone mayores requisitos para acceder a la cobertura integral y muchos de ellos son injustos y arbitrarios”, remarcó.

Cabe recordar que la disposición establece como requisito indispensable para acceder a la cobertura de medicamentos al 100 por ciento no tener ingreso menor o igual a 1,5 haberes provisionales mínimos y no ser propietario de más de un inmueble o poseer un vehículo de menos de 10 años de antigüedad.

Una decisión que impacta en la vida de las personas

Además de pedir la inaplicabilidad de la medida, Corregido solicita a la Justicia que esta ordene al INSSJP – PAMI que garantice la cobertura integral de los medicamentos tal como lo venía haciendo con anterioridad y que el organismo se abstenga de aplicar o disponer medidas regresivas para sus afiliados.

“La disposición sancionada, pone en riesgo la vida y la salud de cientos de jubilados, que no podrán acceder a los medicamentos necesario para tratar enfermedades o patologías por falta de dinero para costear el porcentaje no cubierto por la obra social”, remarcó.

“No se debe soslayar que está en juego la salud de las personas, por la sola imposición de un requisito antojadizo, sin ningún sentido y que no tiene relación con el supuesto fin pretendido por el organismo”, contó el defensor.

A esto agregó que los requisitos discriminan a la persona que pudo obtener más de dos inmuebles (aunque sean de muy escaso valor y de muy pocas dimensiones) o un auto de determinada calidad acorde a la condiciones que su familia requiera. “Esto no implica ser económica sustentable para obtener medicamentos. La medida restrictiva fue impuesta en forma unilateral”, especificó.

Por otro lado, mientras se resuelve la acción de amparo, el defensor pide que mediante una medida cautelar se suspendan los alcances de la disposición debido a que su continuidad puede causar perjuicios irreparables a cientos de afiliados. En ese sentido aclara que la imposibilidad de obtener la cobertura del cien por ciento de los medicamentos puede provocar impactos negativos en la salud de los jubilados, pudiendo llevar a la muerte.

“La dilación que importa esperar hasta la sentencia definitiva de esta acción implicaría perjuicios de índole patrimonial y extra-patrimonial para los beneficiarios de la obra social”, puntualizó.

Finalmente Corregido aclaró que con estas presentaciones ante la Justicia, se busca el reconocimiento del derecho de los afiliados a una decisión no regresiva en materia de salud, que sea razonable y fundada y que garantice el derecho a la salud y a la vida.

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